En el Juzgado Noveno de Distrito Penal de Juicio de Managua, se llevó a cabo la lectura de la sentencia contra los acusados de la cobarde masacre perpetrada contra inocentes el pasado 19 de julio, tras las celebraciones del 35 Aniversario de la Revolución Popular Sandinista.
El Juez Edgard Altamirano, llegó a la conclusión después de examinadas todas las pruebas presentadas, tanto periciales y testificales, que los 12 acusados son culpables del plan criminal que dejó varias víctimas mortales y varias con lesiones graves.
Los acusados Juan José Torres Espinoza, Gregorio Antonio Torres Espinoza y Erick Antonio Salgado González fueron encontrados culpables por el delito de daño agravado conforme al artículo 242, literal D y H del código penal.
Además culpables por el delito de conspiración, delito de crimen organizado, asesinato y lesiones gravísimas.
La decisión del judicial para Leonel Antonio Poveda Palacios, José Ricardo Cortez Dávila, Sacarías Cano Angulo, Wilfredo Balmaceda Castillo fue de ser culpables por actuar como coautores intelectuales del delito de asesinato según el Artículo 140 y por lesiones graves, Artículo 152, párrafo III.
Se les declaró culpables por el delito de crimen organizado en conformidad con el Artículo 393 del código Penal.
En el caso de Eddy Antonio Gutiérrez Delgadillo, Jairo Alberto Obando Delgadillo, Rosendo Antonio Huerta fueron declarados culpables por ser coautores del delito de crimen organizado conforme al Artículo 393, se les declaró culpables por ser coautores materiales del delito de asesinato en conformidad del Artículo 140 PN y lesiones graves 152 PN.
Eddy Antonio Gutiérrez Delgadillo y Jairo Alberto Obando Delgadillo fueron declarados culpables por ser autores del delito de portación o tenencia ilegal de armas en conformidad con el Artículo 401 del Código Penal.
Se declaró culpable a Rosendo Antonio Huerta por ser autor del delito de uso de armas restringidas en conformidad con el Artículo 404 Código Penal.
Se declaró culpable a Walter José Balmaceda Ruíz por ser coautor intelectual conforme al artículo 42PN de los delitos de asesinato, Artículo 140 y lesiones graves, Artículo 152, culpable del delito de crimen organizado, artículo 3-93.
El acusado José Oliver Mesa fue declarado culpable por ser autor del delito de encubrimiento en conformidad con el Artículo 470 y 471 del Código Penal.
Por su parte, la fiscal Maribel Oviedo, en representación del Ministerio Público, procedió a pronunciarse para solicitar las penas a los acusados.
En cuanto al acusado Juan Torres, Gregorio Torres, Erick Salgado por su participación en la comisión de los delitos, tomando en consideración el desconocimiento del plan integral criminal y del hecho que tuvo consecuencias de muerte y lesión y por no facilitar los medios como las armas de fuego el Ministerio Público solicitó la pena de 2 años de prisión.
En cuanto a los acusados Eddy Gutiérrez, Wilfredo Balmaceda, Leonel Poveda, Rosendo Huerta, Sacarías Cano, Jairo Obando, José Cortes Dávila, por los delitos de proposición, conspiración, crimen organizado y asesinato el Ministerio Público solicitó la pena máxima de 30 años, atendiendo al límite de pena constitucional.
Para el acusado José Oliver Mesa, por ser encubridor a los delitos se pidió la pena total de 15 años prisión.
Por último, al acusado Walter Balmaceda por ser cooperador necesario de los delitos antes mencionados solicito la pena máxima de 18 años de cárcel.













