Nicaragua reafirma su lucha incansable contra la corrupción con la reciente aprobación en segunda legislatura de la Ley de Reforma a los artículos 132, 159 y 160 de la Constitución Política, que crea la Procuraduría General de Justicia, convirtiéndola en el brazo que defenderá los bienes e intereses del Pueblo y del Estado. 

¡TOD@S CONTRA LA CORRUPCIÓN! representa el deseo profundo de nuestro Buen Gobierno Sandinista, cuyo principal objetivo es impedir que funcionarios públicos se aprovechen del erario y de los patrimonios que pertenecen a los ciudadanos. De esta manera, la legislación cumple con el propósito del Estado revolucionario, que es el de proteger a las familias, de todas las formas de corrupción, ya sea esta individual o colectiva, lo cual permite continuar avanzando por el bien común, la justicia social y el combate contra la pobreza, hoy ha quedado establecido el diseño estructural de la Procuraduría General de Justicia, y con ello, el mensaje de estabilidad, asociado al fortalecimiento de la paz, la seguridad, la tranquilidad y el bienestar de los nicaragüenses.

En términos jurídicos, la reforma concentra su contenido en tres artículos constitucionales.

El artículo 159 ubica a la Procuraduría General de Justicia en la representación legal y defensa del Estado, especialmente frente a hechos de corrupción. El artículo 160 define que la Procuradora o el Procurador General de Justicia será nombrado por la Copresidencia de la República y que la institución contará con recursos que garantizarán su capacidad de funcionamiento. En el artículo 132 se realizan ajustes que reorganizan el esquema legal para evitar conflictos de competencia, y a su vez, se ordena una regla de lectura institucional que asegura coherencia normativa en el ordenamiento cuando se haga referencia a la Procuraduría bajo su nueva denominación.

La Procuraduría General de Justicia agrupa desde ahora las funciones que estaban contenidas en la Procuraduría General de la República y en el Ministerio Público, con una norma orgánica en desarrollo destinada a definir con precisión las atribuciones y responsabilidades internas.

Esta reorganización histórica de funciones que ya existían tiene como objetivo unificar las capacidades del Estado en la defensa jurídica, la persecución de hechos y la atención a la víctima. El esquema se concibe como un solo cuerpo institucional bajo un titular, con responsabilidades diferenciadas internamente, evitando la dispersión funcional que diluya responsabilidades. De esa manera, el Estado fortalece su capacidad para identificar, perseguir, procesar y sancionar actos de corrupción, integrando la defensa de la nación y la acción penal en una estructura con mayor coherencia.

La parte funcional se articula en el vínculo con la Contraloría General de la República, especialmente a través del mecanismo de glosas. La Contraloría determina responsabilidades administrativas, civiles y penales mediante auditorías, y de esos resultados se originan glosas y reportes que sirven como insumos para la actuación de la Procuraduría, incluyendo cobros a funcionarios responsables y el ejercicio de acciones civiles y penales. Este esquema fortalece el control público al incorporar auditorías más oportunas y mecanismos de revisión en tiempo real, permitiendo que los hallazgos se traduzcan en decisiones y actuaciones inmediatas, y evitando que las irregularidades queden reducidas a informes sin efectos prácticos. 

La lucha contra la corrupción se concibe así como un proceso de restitución efectiva al pueblo nicaragüense. El espíritu de esta ley no se limita a sancionar y castigar, sino que también busca restituir al pueblo lo que el pueblo aporta mediante impuestos, asegurar el uso eficiente de los bienes del Estado y evitar la malversación de fondos públicos. 

El razonamiento es concreto, el dinero público bien resguardado se traduce en capacidad de ejecutar programas y proyectos para la comunidad, en obras y servicios, y en una administración sandinista que responde a la ciudadanía con rigor, atención y responsabilidad.

Pero además, el resguardo del patrimonio del Estado se extiende a ámbitos que van más allá de lo puramente financiero y penal, se incluye la protección de bienes estatales vinculados a soberanía, seguridad y territorio, y se explica su conexión con regulaciones como las referidas a la franja fronteriza, entendidas como garantía de bienes del Estado sin lesionar derechos ciudadanos. La función se define como prevención de lesividad contra el Estado en asuntos de propiedad y patrimonio, con procedimientos orientados a ordenar y regular la propiedad, certificar derechos y proteger el patrimonio del Estado, colocando a la Procuraduría General de Justicia como un componente de defensa jurídica integral del interés público.

La capacidad institucional se apoya en una arquitectura técnica y multidisciplinaria diseñada para responder con rigor jurídico y eficacia orgánica. No estamos solamente hablando de abogados, sino de la integración de topógrafos, equipos de análisis y especialistas que permiten abordar los conflictos patrimoniales desde su origen material, documental y legal. 

A ello se suman profesionales en materias penales, financieras, constitucionales, laborales y otras áreas, conformando una dinámica de trabajo que intercambia información, verifica datos y sustenta cada actuación en evidencia técnica. 

Esta articulación garantiza procesos sustentados en documentación, auditoría, análisis e investigaciones, fortaleciendo así la capacidad del Estado para proteger los bienes públicos y ejercer la defensa jurídica con coherencia y solidez.

Por su parte, la Compañera Rosario Murillo, Copresidenta de Nicaragua y artífice de esta cruzada en la lucha contra la corrupción, al referirse a la ley, en su momento expresó:

“Se vive un tsunami de corrupción en el mundo entero (…). Por lo tanto, esta reforma constitucional es una cruzada permanente, una vigilancia permanente, una convocatoria permanente a vivir con responsabilidad, con honradez, con integridad, dejando claro que esta ley es una herramienta real, viva y necesaria”.

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