CARTA CONJUNTA DE LOS MINISTROS DE ASUNTOS EXTERIORES DE IRÁN, CHINA Y RUSIA EN RECHAZO A LA ACTIVACIÓN SUPUESTA DEL "SNAPBАСK" POR PARTE DE TRES PAÍSES EUROPEOS (REINO UNIDO, FRANCIA Y ALEMANIA)
Los Ministros de Asuntos Exteriores de Irán, China y Rusia enviaron una carta conjunta al Secretario General de las Naciones Unidas y al Presidente del Consejo de Seguridad, rechazando el intento de tres países europeos de restablecer las resoluciones previamente derogadas del Consejo de Seguridad contra la República Islámica de Irán. En la misiva se afirma que notificación presentada por estos tres países europeos ante el Consejo de Seguridad contradice los procedimientos establecidos en el Plan de Acción Integral Conjunto (PAIC o JCPOA, por sus siglas en inglés) y en la Resolución 2231 del Consejo de Seguridad, carece de base legal, por tanto, debe ser considerada nula e ineficaz. En esta carta conjunta se señala que "La actuación de los Ministros de Asuntos Exteriores de los tres países europeos (E3) contradice claramente la mencionada resolución, y por tanto, es jurídicamente y procesalmente defectuosa. El camino emprendido por los países europeos (E3) representata un abuso de las facultades y funciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, al tiempo que confunde tanto a sus miembros como a la comunidad internacional respecto a las verdaderas causas del deterioro en la implementación del PAIC y de la Resolución 2231".
Asimismo, la situación actual del PAIC es resultado de la retirada unilateral de Estados Unidos del acuerdo y de la falta de acciones compensatorias por parte de los países europeos para mitigar los efectos negativos de dicha retirada. Se enfatiza que, mientras no se aborden adecuadamente las consecuencias de la salida de EE. UU. del acuerdo, no puede activarse el mecanismo de resolución de disputas en contra de Irán.
También, los ministros de los tres países, recordando principios reconocidos del derecho internacional, destacan que los tres países europeos, en tanto partes que han incumplido sus compromisos, no están en posición de reclamar derechos ni de activar mecanismos previstos en el PAIC y la Resolución 2231.
Los ministros subrayan que, a diferencia de las acciones de las partes europeas, las medidas compensatorias adoptadas por Irán, incluyendo la suspensión de sus compromisos bajo el PAIC, fueron implementadas específicamente como respuesta a la retirada de EE. UU. y al incumplimiento total de sus obligaciones, tras un prolongado período de cumplimiento continuo por parte de Irán, sin que los tres países europeos (E3) o la Unión Europea tomaran medidas efectivas para remediar la situación. Las contramedidas adoptadas por Irán no pueden constituir fundamento legal alguno para la activación del mecanismo de “snapback".
"Es inaceptable que se pretenda utilizar este mecanismo como recompensa a la retirada de Estados Unidos y al posterior incumplimiento de sus obligaciones por parte de los tres países europeos (E3) y la Unión Europea, incluyendo lo estipulado en la declaración posterior a la reunión de la Comisión Conjunta del PAIC celebrada el 25 de mayo de 2018”.
Se recalca que el PAIC es una parte inseparable de la Resolución 2231, y que los tres países europeos no pueden dirigirse al Consejo de Seguridad sin haber completado previamente el proceso de resolución de disputas previsto en el acuerdo. Se afirma que el procedimiento correspondiente no ha sido completado por los países europeos, y que:
"Dado que no se han cumplido los requisitos estipulados en los párrafos 36 y 37, la comunicación enviada por los Ministros de Asuntos Exteriores de Francia, Alemania y el Reino Unido no puede considerarse como una notificación válida emitida por un Estado participante en el PAIC conforme al párrafo 11 de la Resolución 2231 del Consejo de Seguridad". También en esta carta se hace referencia a los informes del Organismo Internacional de Energía Nuclear (OIEA) que confirman que Irán cumplió con sus compromisos tras la entrada en vigor del PAIC en 2015, se enfatiza que: "La reimposición de sanciones del Consejo de Seguridad que ya habían sido levantadas, carece de lógica y resulta irrazonable. Esta medida no solo recompensaría a los tres países europeos (E3) por su significativo incumplimiento, sino que también socavaría años de esfuerzos diplomáticos, debilitaría la credibilidad de los acuerdos multilaterales y crearía un precedente peligroso de cumplimiento selectivo de obligaciones internacionales. Por lo tanto, preservar la Resolución 2231 del Consejo de Seguridad, incluidos sus plazos y marcos, reviste una importancia fundamental".
La carta concluye señalando que, a la luz de los argumentos expuestos:
"El Consejo de Seguridad no puede actuar sobre la base de la carta presentada por los tres países europeos (E3), y debe considerarla nula y sin efecto. Cualquier paso o medida adoptada en violación o en desconocimiento de la Resolución 2231 no puede generar obligaciones jurídicas internacionales para los Estados miembros de las Naciones Unidas".
Los tres países solicitan a los miembros del Consejo de Seguridad que rechacen la notificación presentada por los países europeos (E3) y reafirmen su compromiso con los principios del derecho internacional y de la diplomacia multilateral. Asimismo, recomiendan a los tres países europeos dar marcha atrás en su rumbo actual, el cual consideran perjudicial, y abstenerse de acciones que debiliten la unidad y eficacia del Consejo de Seguridad.
Finalmente, la carta hace un llamado a todas las partes a mantener el camino del diálogo y la diplomacia, y subraya la necesidad de abstenerse de recurrir a la intimidación, las sanciones y las amenazas del uso de la fuerza. Los tres países -Irán, China y Rusia-han solicitado al Secretario General de las Naciones Unidas que esta carta sea distribuida como documento oficial de la ONU entre todos los Estados miembros.